Ultimátum a España

Escrito por Jiménez & Asociados el Miércoles, 23 Noviembre 2016.

La Comisión Europea otorga dos meses a España para modificar la Ley Hipotecaria

Ultimátum a EspañaEl Ejecutivo comunitario no va a esperar mucho más para comenzar a imponer multas a España si no se adapta nuestra legislación lo antes posible a la directiva europea aprobada en febrero de 2014.

El objetivo de esta directiva no es otra que salvaguardar plenamente el derecho de los consumidores para que los bancos apliquen prácticas responsables de crédito. Bruselas entiende insuficiente la adhesión voluntaria de las entidades al Código de Buenas Prácticas dispuesto en la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social. La defensa del consumidor debe ser real, adaptando el Decreto de 8 de febrero de 1946, por el que se aprobó la última redacción oficial de la Ley Hipotecaria.

Conferencia sobre cláusulas suelo en San Pedro Alcántara

Escrito por Jiménez & Asociados el Lunes, 14 Noviembre 2016.

Conferencia sobre cláusulas sueloEl próximo 17 de noviembre, a las 19:00 horas, en el Hotel NH San Pedro, organizado por la Asociación de la Pequeña y Mediana Empresa de San Pedro Alcántara Apymespa, la alianza de letrados Business and You y sus partners Jiménez & Asociados y Ley 57 Abogados, impartirán una conferencia-coloquio acerca de la próxima decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea TJUE, que decidirá sobre la retroactividad de las cláusulas suelo presentes en miles de escrituras de hipoteca que ha afectado a cientos de miles de familias.

Intervendrán:
Miguel Ángel Jiménez Sedeño · Abogado · Jiménez & Asociados
Carlos Cómitre Couto · Abogado · Ley 57 Abogados

El Supremo acepta como testigo de un testamento a la pareja sentimental de la persona elegida como heredera

Escrito por Jiménez & Asociados el Lunes, 07 Noviembre 2016.

La hija de la heredera, nieta de los testadores, solicitó la nulidad

Testigo de herenciaEl Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo, mediante Sentencia dictada el pasado 19 de octubre de 2016, ha desestimado el Recurso de Casación interpuesto contra una Sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla que, a su vez, desestimó la demanda en la que se solicitaba la nulidad de un testamento notarial abierto. La cuestión jurídica objeto de recurso ha sido la idoneidad o no para ser testigo de la pareja de hecho de la instituida heredera, según las formalidades previstas en los artículos 682 y 697 del Código Civil para los testamentos abiertos, que determinan la inidoneidad como testigos, entre otros parientes, del cónyuge de la persona designada heredera.

Los abuelos de la demandante otorgaron sendos testamentos ante notario, instituyendo a su hija como heredera, con dos testigos instrumentales, uno de los cuales era pareja de hecho de la nombrada como heredera. Los testadores, que no sabían leer, declararon que el contenido de los testamentos otorgados era conforme con su voluntad expresada oralmente.

…Tampoco se libra la financiera de El Corte Inglés

Escrito por Jiménez & Asociados el Jueves, 03 Noviembre 2016.

Se ha calificado por los Juzgados el interés por mora del 18% que aplica su financiera como “abusivo” y “desproporcionado”

Financiera El Corte InglésAunque la Ley de 23 de julio de 1908 contra la Usura es de las más antiguas aún vigentes en todo el territorio español, su aplicación está poco extendida. Quizás porque los consumidores nos hemos acostumbrado a que sean generalizados los intereses que imponen muchas empresas de crédito y el hecho de que erróneamente pensemos que, aunque nos resulten desproporcionados, cuando son aplicados en un contrato oficial emitido por empresas de prestigio, es que estará respaldado por la legislación.

Todo lo contrario. Estas prácticas de incluir intereses muy superiores a los legalmente establecidos ya no son exclusivas de pequeñas financieras o incluso de particulares que se dedican a prestar dinero con grandes intereses. En este caso, al igual que en otros ya citados como la condenada Cofidis, la Financiera de El Corte Inglés, actualmente participada al 51% por Banco Santander, también ha visto corregida severamente su pretensión de cobrar el 18% como interés de demora por un préstamo al consumo realizado en sus centros comerciales por importe de 2.000 euros. Entiende la titular del Juzgado de Primera Instancia Número 3 de Fuenlabrada (Madrid), que el citado interés resulta "abusivo" y "usurero", en tanto que el legalmente establecido y vigente durante el año 2011 fue del 4%, con lo que realmente se ha pretendido aplicar un interés 14 puntos superior al legal en el momento de la firma del contrato, o lo que es lo mismo, 4'5 veces superior al legal.

Atención a las compraventas que ocultaban vicios urbanísticos

Escrito por Jiménez & Asociados el Miércoles, 26 Octubre 2016.

El Tribunal Supremo fija su nueva Doctrina, anulando este tipo de contratos

Edificio irregularA nadie escapa la oleada de construcciones realizadas fuera de ordenación urbanística en todo el territorio español durante estos últimos años y que, curiosamente, coinciden con los años previos a la crisis del ladrillo o burbuja inmobiliaria. Es imposible olvidar los casos ocurridos no solo en la Costa del Sol (Marbella, San Pedro Alcántara, Estepona...) sino en multitud de municipios donde los casos de corrupción municipal salpicaron a buena parte de sus políticos y Ayuntamientos.

Pues bien, la Sala Civil del Tribunal Supremo, fija la doctrina al respecto este tipo de inmuebles, dictando que "las garantías legales de las cantidades anticipadas para adquisición de viviendas que regula la ley 57/1968 y disposición adicional primera de la LOE se extienden a aquellos supuestos en que el contrato de compra-venta no llega a buen fin, por declararse nulo por vicio invalidante del consentimiento al haber ocultado el promotor-vendedor al comprador la existencia de vicios de la edificación de naturaleza urbanística".

¿Préstamos rápidos o usura?

Escrito por Jiménez & Asociados el Lunes, 24 Octubre 2016.

La Justicia inicia su cruzada contra estas conocidas financieras

Personas desesperadas a causa de las financierasDinero supuestamente fácil solo con una llamada telefónica o un clic de ratón. Es lo que venden muchas empresas de crédito rápido. No obstante, la realidad es mucho más diferente y problemática.

Como ya hemos comentado en otras ocasiones, nuestro consejo es consultar siempre con un profesional, antes de contratar un crédito de este tipo. A pesar de ello y de que el Tribunal Supremo sigue poniendo trabas a estas empresas de crédito, los graves perjuicios que siguen provocando a muchas familias españolas, es evidente. Tanto, que los juzgados y tribunales siguen actuando y respaldando los derechos de los consumidores que se han sentido engañados a la hora de conseguir, casi por arte de magia uno de estos créditos.

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