El pasado miércoles 18 de marzo de 2020, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el Real Decreto Ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes y extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. A partir de ese momento y durante un mes, salvo prórroga que a tal efecto se disponga, sus efectos sobre el pago de las mensualidades al banco en concepto de devolución del capital e intereses sobre la hipoteca suscrita para la adquisición de la vivienda habitual, serán evidentes.
Con esta moratoria sobre el pago a las entidades de crédito, se pretende procurar el aplazamiento de la deuda hipotecaria para quienes han adquirido una vivienda para su uso habitual y, en este momento, padecen extraordinarias dificultades para atender su pago como consecuencia de la crisis del COVID-19.
Para poder adherirse a la medida, tendrán que tenerse en cuenta los siguientes puntos: