Fiscalidad

El Constitucional anula el sistema objetivo para el cálculo de la plusvalía

Escrito por Jiménez & Asociados el Miércoles, 03 Noviembre 2021. Publicado en Impuestos, Fiscalidad

El Constitucional anula el sistema objetivo para el cálculo de la plusvalía

Como adelantamos el pasado 26 de octubre, hoy el Tribunal Constitucional publica y emite un comunicado más extenso sobre la Sentencia que declara la inconstitucionalidad y nulidad del sistema objetivo de cálculo de la base imponible del impuesto de plusvalía.

El pleno del TC declara la inconstitucionalidad y nulidad de la Plusvalía municipal

Escrito por Jiménez & Asociados el Martes, 26 Octubre 2021. Publicado en Impuestos, Fiscalidad, Noticias jurídicas

Artículos 107.1 párrafo segundo, 107.2 a) y 107.4 del texto refundido de la Ley de las Haciendas Locales

El pleno del TC declara la inconstitucionalidad y nulidad de la Plusvalía municipal

El Tribunal Constitucional ha estimado la cuestión de inconstitucionalidad número 4433-2020, promovida por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, con sede en Málaga y, en consecuencia, declara la inconstitucionalidad y nulidad de los artículos 107.1 segundo párrafo, 107.2.a) y 107.4 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, en los términos previstos en el fundamento jurídico 6.

Normativa tributaria para las viviendas con fines turísticos

Escrito por Jiménez & Asociados el Martes, 22 Enero 2019. Publicado en Arrendamiento, Vacacional, Fiscalidad

La Agencia Tributaria cierra el cerco al fraude fiscal de esta industria

Viviendas turísticasNo cabe la menor duda, que mantener un anuncio en las plataformas de alquiler vacacional como Airbnb, Tripadvisor, Booking, Homeaway, o incluso las de cualquier otro intermediario, como las webs de las agencias inmobiliarias, cada día es más difícil para aquellos que no tienen al día su actividad económica. Recordemos que el primer paso fue dado por tribunales y varias comunidades autónomas, obligando a estos agentes borrar de sus bases de datos cualquier vivienda en alquiler que no estuviese formalmente inscrita en los registros oportunos. En el caso de Andalucía, la Consejería de Turismo. El incumplimiento del Decreto 28/2016, de 2 de febrero, de las viviendas con fines turísticos y de modificación del Decreto 194/2010, de 20 de abril, de establecimientos de apartamentos turísticos, puede conllevar sanciones que van desde 2.000,00 € hasta 150.000,00 €. “Como sanción accesoria podrá imponerse la suspensión temporal del ejercicio de servicios turísticos, o la clausura temporal del establecimiento o de la unidad de alojamiento, en su caso, por un periodo comprendido entre seis meses y tres años. Podrá acordarse la clausura definitiva del establecimiento y, en su caso, la cancelación de la inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía, cuando la persona responsable haya sido sancionada dos o más veces en el transcurso de tres años consecutivos por la comisión de infracciones muy graves, mediante resolución firme en vía administrativa, y se produzcan perjuicios graves para los intereses turísticos de Andalucía derivados de la conducta de la persona infractora.”

Tu ayuntamiento puede deberte dinero por la Plusvalía

Escrito por Jiménez & Asociados el Martes, 02 Mayo 2017. Publicado en Impuestos, Fiscalidad

No te quedes sin reclamar

AyuntamientoNos referimos concretamente a la aplicación de recargos por Plusvalía, aunque el inmueble vendido haya sido a pérdida o con un incremento patrimonial igual a cero.

Si bien es cierto que la nulidad dictada por el Tribunal Constitucional respecto del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, solo afecta a dos artículos de la Ley Foral guipuzcoana que rige dicho impuesto, en la práctica, son prácticamente calcados de los que ayuntamientos de toda España aplican para la autoliquidación, liquidación o revisiones que hasta ahora se vienen dando. Es por ello que tarde o temprano el Constitucional deberá pronunciarse sobre la constitucionalidad en el resto del territorio español, en base a la Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, Artículo 104 y siguientes.

Hacienda, a la caza del alquiler ilegal

Escrito por Jiménez & Asociados el Martes, 10 Mayo 2016. Publicado en Fiscalidad

Una de las consecuencias del Decreto 28/2016, de 2 de febrero, de las viviendas con fines turísticos

Inspecciones de HaciendaComo ya comentamos en nuestro anterior artículo referido a la nueva legislación autonómica sobre el arrendamiento de viviendas para uso turístico, uno de los motivos por el que el legislador, después de tantos años, entra a regular y vigilar este tipo de contratación, es el beneficio económico que ello reporta a las arcas privadas sin pasar por el control de Hacienda.

Según los técnicos de Hacienda, en Andalucía y, concretamente, en la provincia de Málaga, se encuentran la mayor parte de arrendamientos sin declarar, la mayoría de ellos, para uso distinto del de vivienda. Se estima que la proporción es del 55,4 por ciento. Esto es, 14 puntos por encima del promedio español. Por ello, la Agencia Tributaria ha puesto los ojos y toda su plantilla de inspectores a revisar y cruzar, entre otros, los datos del consumo eléctrico que de declaran en viviendas que, en teoría, están desocupadas, además de los anuncios de arrendamiento vacacional existentes en las distintas plataformas que existen en el mercado como Airbnb, Tripadvisor, HomeAway, etc. sin contar además con, la colaboración existente a partir de ahora entre Hacienda y la Junta de Andalucía, encargada de inscribir, registrar e inspeccionar desde ahora todos estos inmuebles.

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