Artículos etiquetados con: abogado san pedro alcantara

Informe: Compraventas sobre plano en Málaga 2019

Escrito por Jiménez & Asociados el Domingo, 22 Septiembre 2019.

Es impresionante el grado de incumplimiento legal de las promotoras

Informe: Compraventas sobre plano en Málaga 2019Nuestros compañeros de Ley 57 Abogados, han presentado un detallado informe referido a la adquisición de viviendas sobre plano en Málaga. Y, en resumen, las promotoras suspenden en el cumplimiento de las distintas leyes que regulan este negocio inmobiliario.

El estudio se basa en 217 consultas a diferentes promociones, de las cuales sólo se han obtenido 107 respuestas. Las consultas han sido realizadas desde el municipio de la Herradura (Granada) hasta la localidad de Casares (Málaga), en un recorrido por toda la Costa del Sol e interior de la provincia, en la que se están construyendo más de 7.100 viviendas. Por faltar a la transparencia, algunas promotoras ni siquiera aportan información sobre el número de viviendas en desarrollo, lo que supone igual número de familias potencialmente afectadas por los incumplimientos de la normativa protectora de los consumidores ante la compra de una vivienda.

Se analizan, como en el año anterior, 37 puntos esenciales recogidos por la normativa de los consumidores, en urbanizaciones que se están construyendo en Málaga capital, La Herradura, Torrox Costa, Vélez Málaga, Chilches, Benajarafe, Rincón de la Victoria, Alhaurín de la Torre, Churriana, Cártama, Alhaurín el Grande, Torremolinos, Benalmádena, Fuengirola, Marbella, Estepona y Casares.

Por Derecho

Escrito por Jiménez & Asociados el Lunes, 16 Septiembre 2019.

Programa de presentación en RTV Marbella

Normativa tributaria para las viviendas con fines turísticos

Escrito por Jiménez & Asociados el Martes, 22 Enero 2019.

La Agencia Tributaria cierra el cerco al fraude fiscal de esta industria

Viviendas turísticasNo cabe la menor duda, que mantener un anuncio en las plataformas de alquiler vacacional como Airbnb, Tripadvisor, Booking, Homeaway, o incluso las de cualquier otro intermediario, como las webs de las agencias inmobiliarias, cada día es más difícil para aquellos que no tienen al día su actividad económica. Recordemos que el primer paso fue dado por tribunales y varias comunidades autónomas, obligando a estos agentes borrar de sus bases de datos cualquier vivienda en alquiler que no estuviese formalmente inscrita en los registros oportunos. En el caso de Andalucía, la Consejería de Turismo. El incumplimiento del Decreto 28/2016, de 2 de febrero, de las viviendas con fines turísticos y de modificación del Decreto 194/2010, de 20 de abril, de establecimientos de apartamentos turísticos, puede conllevar sanciones que van desde 2.000,00 € hasta 150.000,00 €. “Como sanción accesoria podrá imponerse la suspensión temporal del ejercicio de servicios turísticos, o la clausura temporal del establecimiento o de la unidad de alojamiento, en su caso, por un periodo comprendido entre seis meses y tres años. Podrá acordarse la clausura definitiva del establecimiento y, en su caso, la cancelación de la inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía, cuando la persona responsable haya sido sancionada dos o más veces en el transcurso de tres años consecutivos por la comisión de infracciones muy graves, mediante resolución firme en vía administrativa, y se produzcan perjuicios graves para los intereses turísticos de Andalucía derivados de la conducta de la persona infractora.”

Anulan en Málaga el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH), ordenando al banco devolver 84.000 euros de intereses pagados

Escrito por Jiménez & Asociados el Martes, 23 Octubre 2018.

Gracias a la unión Ley 57 Abogados - Jiménez & Asociados

Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH)El Juzgado de Primera Instancia Número 18 bis de Málaga, especialista en condiciones generales sobre la contratación, ha dictado una ejemplar Sentencia que anula el IRPH, además de la “cláusula suelo” de una hipoteca, ordenando conjuntamente la devolución de los gastos abonados por el cliente de la entidad de crédito.

La resolución judicial considera que la referencia IRPH, es una condición general de la contratación y, por tanto, se enfrenta a algún sector doctrinal que entiende este índice comprensible para cualquier consumidor medio, poniendo de manifiesto todo lo contrario, necesitando la incorporación de este valor en el contrato hipotecario de la conformidad del cliente, conforme exige el Artículo 4.2 de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores respecto del deber de informar debidamente y en profundidad sobre las cláusulas del contrato.

Condenan al Popular a devolver 75.000 euros a un afectado de AIFOS

Escrito por Jiménez & Asociados el Lunes, 21 Mayo 2018.

Un nuevo éxito de nuestro despacho asociado Ley 57 Abogados

Construcción no entregadaDe nuevo la justicia falla a favor de los afectados de la promotora malagueña que, además, explotaba hoteles bajo la marca Gvadalpín y Byblos. En un caso defendido por Ley 57 Abogados, el Juzgado de Primera Instancia Número 7 de Málaga, ha condenado al Banco Popular a devolverle más de 75.000 euros, intereses y costas, a un afectado por la quiebra de la promotora inmobiliaria AIFOS. Concretamente de la promoción Cala del Sol, situada en San Fernando (Cádiz), considerando que la entidad actuó en calidad de avalista.

La Sentencia entiende como hecho probado que, en el momento de realizar la compra, el cliente ingresó en el banco el precio del apartamento y que tal cuenta no tiene por qué haber sido calificada como cuenta especial, pues tal calificación le es ajena al comprador.

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