Actualizado 30/03/2020 23:00 h: Además de las cuestiones tratadas a continuación, disponen de un enlace al webinar organizado por Jiménez & Asociados junto a Ley 57 Abogados, con las últimas medidas adoptadas por el Gobierno y su correspondiente explicación y aplicación para cada caso.
A partir del Real Decreto 476/2020, de 27 de marzo, por el que se prorroga el Estado de Alarma ocasionada por el COVID-19, y tras las medidas aprobadas en el Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, analizamos esquemáticamente las opciones del empresario y autónomo con respecto a los trabajadores.
Reiteramos que cada negocio es distinto y las circunstancias de cada uno también lo son. Hay actividades directamente afectadas por una orden de cierre y hay otras que son afectadas indirectamente por una drástica reducción de la demanda o, simplemente, se ven impedidos para realizar su labor.
La duración de las medidas de cierre y aislamiento añade un factor de incertidumbre respecto a la solución a adoptar pues, si el periodo fuese corto, el ahorro con medidas drásticas no sería importante y, sin embargo, podrían condicionar la reactivación del negocio. Sin embargo, si el periodo se alarga, algunas medidas serán obligadas.