La mera puesta en cuarentena durante el COVID-19 no equivale a una incapacidad laboral
Según Sentencia del TJUE la cuarentena no es comparable a una enfermedad a efectos laborales
Según el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el Derecho de la Unión no exige que un empleado que haya tenido que guardar cuarentena durante sus vacaciones anuales retribuidas pueda aplazar estas.
Un empleado acordó con su empresario, en este caso concreto, la Caja de Ahorros de Südpfalz (Alemania), disfrutar de un período de vacaciones anuales retribuidas del 3 al 11 de diciembre de 2020. Debido a un contacto con una persona que dio positivo por COVID-19, la autoridad alemana competente lo puso en cuarentena durante el mismo período.
El empleado solicitó entonces a la Caja de Ahorros poder aplazar esos días de vacaciones. Al negarse la Caja de Ahorros, el empleado interpuso una demanda ante el órgano jurisdiccional laboral competente, alegando que esa negativa era contraria al Derecho de la Unión, concretamente a la Directiva sobre el tiempo de trabajo. Según dicho órgano jurisdiccional, el Derecho nacional obliga al empresario a aplazar los días de vacaciones concedidos únicamente cuando el trabajador puede acreditar una incapacidad laboral sobrevenida durante el período de vacaciones. Pues bien, los órganos jurisdiccionales alemanes han declarado que la mera puesta en cuarentena no equivale a una incapacidad laboral.
Por ello, el Tribunal de lo Laboral preguntó al Tribunal de Justicia si el Derecho de la Unión exige que puedan aplazarse los días de vacaciones que coinciden con la cuarentena.
El Tribunal de Justicia declara que el Derecho de la Unión no exige que deban aplazarse los días de vacaciones anuales retribuidas durante los cuales el trabajador no está enfermo, sino que ha sido puesto en cuarentena debido a un contacto con una persona infectada por un virus.
La finalidad de las vacaciones anuales retribuidas es permitir que el trabajador descanse de las tareas que le incumben según su contrato de trabajo y que disponga de un período de ocio y esparcimiento. A diferencia de una enfermedad, un período de cuarentena no impide, en sí mismo, la consecución de estos fines.
Por consiguiente, el empresario no está obligado a compensar las desventajas derivadas de un acontecimiento imprevisible, como la puesta en cuarentena, que podría impedir a su empleado disfrutar plenamente y del modo que desee de su derecho a vacaciones anuales retribuidas.
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