Comienza la anulación judicial de los IRPH de las hipotecas

Escrito por Jiménez & Asociados el Lunes, 27 Abril 2020.

Seguimos recomendando que inicien cuanto antes las reclamaciones

Comienza la anulación judicial de los IRPH de las hipotecasA pesar de la práctica paralización de la Administración de Justicia, algunos juzgados están notificando beneficiosas resoluciones que atañen a gran número de consumidores que, en su día, fueron engañados por parte de la banca, al aplicar un interés diferente al Euribor, con lo que sus cuotas hipotecarias, apenas reflejaban las rebajas que, durante estos últimos años ha experimentado el Euro Interbank Offered Rate o, Índice Europeo de Oferta Interbancaria.

Los juzgados españoles ya aplican la Jurisprudencia emanada del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del pasado 3 de marzo de 2020, abriendo la posibilidad de reclamar para que se declarara la nulidad de la cláusula IRPH, por falta de transparencia al momento de suscribir la hipoteca para la compra de su vivienda.

Para conocer más el mecanismo por el que el IRPH es tan perjudicial para los consumidores, analizamos seguidamente en qué consiste y cómo afecta a la cuota hipotecaria.

La cláusula hipotecaria que regula el IRPH (Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años de Cajas de Ahorro Bancos Entidades), establece el tipo de interés por el que se regirá la misma y, junto con el diferencial, vendrá a definir la cuantía que, en concepto de intereses, abonará el consumidor por su préstamo hipotecario. En definitiva, para establecer una mayor comprensión, el IRPH funciona al igual que el Euribor como tipo referencial, pero con algunas diferencias técnicas que, por prolijo, no serán objeto de análisis en este artículo. La cláusula IRPH fue mayoritariamente utilizada por las antiguas cajas de ahorro y, con mucha probabilidad, si se firmó una escritura de préstamo hipotecario con alguna caja de ahorros, a pesar de haber sigo absorbidas por otras entidades bancarias, se le esté aplicando la mencionada cláusula.

Entrando más en materia, como aclaramos en el enunciado, vamos a tratar estas nuevas Sentencias que están publicando los juzgados durante estos días. Concretamente cuatro que encontramos en el Centro de Documentación Judicial (CENDOJ), en la que se está aplicando la nueva Jurisprudencia del TJUE.

La primera de ellas, proviene del Juzgado de Primera Instancia Número 4 de Burgos, el pasado 4 de marzo de 2020; las dos siguientes del Juzgado de Primera Instancia Número 6 de Lleida, con fechas del 9 y 20 marzo de 2020.

En todas ellas encontramos dos elementos comunes. En primer lugar, todas declaran la nulidad del índice IRPH por falta de transparencia en favor del consumidor, atendiendo a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y, sustituyéndolo por el Euribor más el diferencial contenido en la hipoteca.

Y, en segundo lugar, como consecuencia de tal nulidad, obligan los juzgados a recalcular la tabla de amortización, aplicando definitivamente el Euribor y, por ello, proceder a la devolución de las cantidades indebidamente cobradas, más intereses.

Cuadro diferencial IRPH / EuriborAtendiendo a la gráfica, podemos apreciar el considerable importe a devolver, restando a la línea superior (IRPH), la inferior (EURIBOR). Por tanto, la reclamación puede hacer que vuelva a su poder una importante cantidad de dinero que, de obviar esta oportunidad, puede arriesgarse a perder, teniendo en cuenta la caducidad de las acciones que en Derecho puedan corresponderle, debido a las prescripciones a aplicar en cada caso particular.

Y, como siempre les recordamos, Jiménez & Asociados junto a Ley 57 Abogados, estamos encantados de atenderles, incluso durante el Estado de Alarma, en nuestro teléfono +34 952820073 o el email info @ jimenezyasociados.es.

No video selected.

Sobre el autor

Jiménez & Asociados

Jiménez & Asociados

Leave a comment

You are commenting as guest. Optional login below.