Artículos etiquetados con: propiedad horizontal

Nueva Sentencia del Supremo contra carteles en fachadas de edificios

Escrito por Jiménez & Asociados el Martes, 27 Octubre 2015.

El Tribunal Supremo impide a una autoescuela fijar sus anuncios

Carteles en edificiosA pesar de la claridad con la que fue redactado el Artículo 396 del Código Civil, en el que se enumeran todos y cada uno de los elementos comunes de un edificio en régimen de propiedad horizontal, siguen cometiéndose cantidad de infracciones en nuestras comunidades, víctimas de aquellos propietarios o arrendatarios necesitados de modificar el aspecto de una finca, concebida en su conjunto como un elemento urbanístico inicialmente inamovible.

Como recordatorio, todos estos elementos de un edificio son considerados comunes y, por tanto, no susceptibles de cambio o modificación alguna: "El suelo, vuelo, cimentaciones y cubiertas; elementos estructurales y entre ellos los pilares, vigas, forjados y muros de carga; las fachadas, con los revestimientos exteriores de terrazas, balcones y ventanas, incluyendo su imagen o configuración, los elemento de cierre que las conforman y sus revestimientos exteriores; el portal, las escaleras, porterías, corredores, pasos, muros, fosos, patios, pozos y los recintos destinados a ascensores, depósitos, contadores, telefonías o a otros servicios o instalaciones comunes, incluso aquellos que fueren de uso privativo; los ascensores y las instalaciones, conducciones y canalizaciones para el desagüe y para el suministro de agua, gas o electricidad, incluso las de aprovechamiento de energía solar; las de agua caliente sanitaria, calefacción, aire acondicionado, ventilación o evacuación de humos; las de detección y prevención de incendios; las de portero electrónico y otras de seguridad del edificio, así como las de antenas colectivas y demás instalaciones para los servicios audiovisuales o de telecomunicación, todas ellas hasta la entrada al espacio privativo; las servidumbres y cualesquiera otros elementos materiales o jurídicos que por su naturaleza o destino resulten indivisibles." Aún más extensiva se hace esta consideración de "elemento común", cuando el mismo Artículo 396 CC, dice de éstos "incluyendo su imagen o configuración".

Derecho Civil

Escrito por Jiménez & Asociados el Viernes, 02 Enero 2015.

San Pedro Alcántara y Marbella

Derecho CivilSin duda, una más que inmensa, a la vez que apasionante, rama del Derecho. Según las últimas estadísticas realizadas por el Consejo General del Poder Judicial, en España, la relación de casos referidos a la vía Civil, suponen aproximadamente casi el 40 % del total de los expedientes que anualmente se tramitan en nuestros Tribunales.

Sigue este año centrando su actividad judicial en litigios unidos, en su mayoría, a las reclamaciones de cantidad, concretamente las referidas a los impagos generados por empresas y las cuotas o derramas reclamadas por las Comunidades de Propietarios. A fin de agilizar su tramitación y los costes que ello supone, aportamos soluciones diferenciadas que permiten la reparación requerida con las garantías suficientes en derechos y obligaciones para todas las partes. Además, en el seno de estas entidades, las relacionadas con la propiedad, facilitamos la ayuda necesaria en relaciones internas como externas, entre administrados y la Administración Pública.

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