Para evitar en lo posible retrasos en las devoluciones, recomendamos que se realice cuanto antes el conocido modelo 100.
En el caso de que siempre realice la declaración por sus medios, debe saber que, desde hoy, podrá solicitar el borrador desde la Sede Electrónica e, incluso, presentar ya su declaración.
Los plazos
• Para el borrador de declaración: obtención, modificación y confirmación, cualquiera que sea su resultado:
a) Por vía electrónica o telefónica: desde el 7 de abril hasta el día 30 de junio de 2015.
Si se efectúa domiciliación bancaria del pago, el plazo de confirmación finaliza el 25 de junio de 2015.
b) Por vía presencial: desde el 11 de mayo hasta el 30 de junio de 2015.