Los artículos rebajados deben mostrar siempre el precio habitual, el reducido y nunca superpuesto

Escrito por Jiménez & Asociados el Jueves, 11 Enero 2024. Publicado en Comercios, Consejos, Consumo

Consumo proporciona una serie de recomendaciones de cara a las ‘rebajas de enero’

Los artículos rebajados deben mostrar siempre el precio habitual, el reducido y nunca superpuesto

El fin de las fiestas navideñas significa, desde principios del mes de enero, el inicio de las rebajas en los comercios. Normalmente, este periodo de las conocidas como 'rebajas de enero' arranca justo después del Día de Reyes Magos, si bien un gran número de establecimientos las anuncian en sus escaparates y catálogos ya desde mucho antes, con la intención de aprovechar las compras navideñas.

Las rebajas no implican que la totalidad de los productos de un establecimiento tengan que estar rebajados, pero aquellos que lo estén deben estar debidamente identificados y diferenciados del resto de productos no rebajados.

Las personas consumidoras y usuarias que acudan a los establecimientos que anuncien rebajas deben tener en cuenta que estos están obligados a mantener los criterios habituales de devolución de productos.

El elemento principal en el que se fija una persona consumidora en rebajas es, por supuesto, el precio. En este punto, una de las obligaciones esenciales del establecimiento es exhibir con la máxima claridad, junto al precio habitual u original y sin superponerlo, el precio rebajado de cada uno de los productos.

Desde la Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía, se hace hincapié en las recomendaciones más importantes para las personas consumidoras que quieran aprovechar el periodo de rebajas. Ante todo, se aconseja planificar las compras para adquirir solo lo que se necesita y no caer en compras impulsivas. Es importante comparar precios y calidades de un mismo producto en diferentes establecimientos. Debemos desconfiar ante un producto que presenta una excesiva rebaja. Es posible que esconda algún defecto.

Por otro lado, debemos recordar que todo catálogo o folleto publicitario que anuncie artículos rebajados obliga al comercio a tener esos mismos artículos rebajados en el establecimiento, puesto que lo publicitado por una empresa es vinculante, es decir, de obligado cumplimiento.

Del mismo modo, los establecimientos no están obligados a aceptar cambios y devoluciones, y por ello es fundamental informarse de manera previa de las condiciones de cada establecimiento. Si se trata de una compra a distancia (por ejemplo, online), se dispone del derecho de desistimiento, pudiéndose devolver el producto adquirido en un plazo de 14 días.

En cuanto a la garantía de los productos que se venden en rebajas, es la misma que tienen esos mismos productos fuera del periodo de rebajas: tres años para los productos nuevos.

Jiménez & Asociados | Abogados en San Pedro Alcántara
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