Se esperan con más rapidez las sentencias por cláusulas suelo

Escrito por Jiménez & Asociados el Jueves, 13 Agosto 2015.

Entre seis y ocho meses, en vez de tres años

Juzgados MálagaHasta ahora, era fácil encontrar procedimientos por cláusulas suelo que tardaban unos tres años en obtener sentencia. Ello era provocado por la saturación de trabajo existente en los Tribunales de lo Mercantil. En el caso de Málaga, los dos Juzgados existentes han sido obligados a trabajar como una única Oficina Judicial, con el objetivo de disminuir el atraso que arrastran desde hace años. Concretamente el número uno, está considerado como el que más carga de trabajo soporta de toda España, sobre todo a causa de los procedimientos concursales de grandes promotoras, constructoras, inmobiliarias y empresas de alquiler de coches. Por poner un ejemplo muy gráfico, el concurso de la empresa Aifos, fue tramitado durante cinco años hasta su liquidación.

Varapalo a los Ayuntamientos respecto al IBI y plusvalía en parcelas urbanizables sin desarrollar

Escrito por Jiménez & Asociados el Viernes, 07 Agosto 2015.

Las últimas sentencias las consideran rústicas a efectos tributarios

El IBI y la Plusvalía en parcelas sin desarrollo urbanoYa el Tribunal Supremo, en su Sentencia 2159/2014, de 30 de mayo, declaraba injusto que los ayuntamientos cobrasen el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), de parcelas urbanizables desarrolladas, en igual proporción que aquellas en las que ni siquiera el plan parcial había sido aprobado por los correspondientes consistorios. O lo que es igual, que el Ministerio de Hacienda, por medio de la Dirección General del Catastro, valorase de la misma forma unas fincas y otras, sin tener en cuenta el hecho de que no existen construcciones, y que tampoco reciben los mismos servicios municipales que otras zonas que disponen de alumbrado público, acerado, asfalto en sus calles, etc.

Cláusulas suelo, retroactividad total y Europa

Escrito por Jiménez & Asociados el Martes, 14 Julio 2015.

A la espera de una resolución del Tribunal de Justicia de la UE

Tribunal de Justicia de la Unión EuropeaComo ya sabemos, la Sentencia del Tribunal Supremo (TS) respecto de las cláusulas suelo, emitida el 9 de mayo de 2013, resultó ser un gran revulsivo a la hora de convencer a los ciudadanos hipotecados sobre la conveniencia de exigir a los bancos la devolución de las cantidades indebidamente cobradas por las entidades de crédito bancario.

Más recientemente, por efecto de la Sentencia de 25 de marzo de 2015, en la que el TS limitaba las devoluciones desde el 9 de mayo de 2013, los ciudadanos entendimos que, injustamente, se estaba defendiendo y beneficiando a la banca en general, en contra del consumidor y de la propia legislación española. Concretamente del Código Civil, en su Artículo 1303, entendiendo que restituir esas cantidades pondría en riesgo la "solvencia del sistema bancario español."

Derecho Penal

Escrito por Jiménez & Asociados el Domingo, 05 Julio 2015.

En San Pedro Alcántara y Marbella

Derecho PenalNinguno de nosotros estamos exentos de sufrir en algún momento la implicación en uno de estos procedimientos, ya que los delitos y faltas desarrollados en nuestro Código Penal, no solo persiguen las típicas acciones intencionadas o dolosas (robos, hurtos, lesiones, abusos...), sino que, además, son tratados aquellos actos causados por culpa, negligencia, omisión, descuido o falta de diligencia u obligaciones debidas, vistos, por ejemplo, en los accidentes de tráfico, dudosas actuaciones médicas o de otros profesionales...

Relacionado con esta cuestión, se identifica nuestro compromiso: salvaguardar los derechos de aquellas personas que puedan verse afectadas, activa o pasivamente, por tales circunstancias. De manera explícita, la labor del Letrado ampara la seguridad jurídica de quien solicita la defensa frente al Ministerio Público, terceros implicados, o bien, nuestra actuación como acusación particular en denuncias o querellas que deban interponerse en la justa defensa de sus intereses.

Conversaciones en Redes Sociales, pruebas ya comunes para delitos y faltas

Escrito por Jiménez & Asociados el Martes, 30 Junio 2015.

Los Tribunales, sensibles ante esta realidad social

Redes socialesHace unos 11 años, sobre todo desde el nacimiento de Facebook en Estados Unidos, las redes sociales han ido modificando la manera en que nos relacionamos. Es un hecho constatado que durante cierta parte del día permanecemos conectados a ordenadores y dispositivos móviles, con el objeto de transmitir nuestras ideas y deseos, ya no sólo para compartir éstas con el mundo, sino también de forma privada, ya sea con amigos, conocidos o familiares.

Siendo Internet un reflejo de nuestra sociedad, con sus bondades y maldades, era de esperar que también se trasladase buena carga delictiva a la red. Amenazas, injurias y calumnias, ... o meras pruebas de hechos delictivos, como en el caso que hoy nos ocupa: Sentencia Número 300/2015, de 19 de mayo, publicada por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.

Las Áreas de Regularización

Escrito por F. de A. Gamboa González el Viernes, 19 Junio 2015.

¿Conoce las cargas urbanísticas que pueden pesar sobre su vivienda?

Áreas de RegularizaciónLas Áreas de Regularización (ARG), son áreas o ámbitos de "suelo urbano no consolidado" en las que, mayoritariamente, existen irregularidades en las edificaciones existentes. Como la palabra indica, son áreas que se delimitan para regularizarlas y convertirlas en áreas urbanas con los equipamientos públicos necesarios, además de una urbanización adecuada a la edificación existente.

La razón de su regularización, puede estribar en que el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), considere que ese suelo precisa de un incremento o una mejora de las dotaciones y/o de los servicios públicos y de urbanización existentes, a causa de un aumento de edificabilidad (m2 construidos), de densidad (número de viviendas superior al permitido), o cambio de uso global. Por ejemplo, un suelo destinado a industrial que se ha utilizado para edificar viviendas, derivando todo ello en un incremento del técnicamente denominado "aprovechamiento objetivo". O bien porque se ha sobrepasado la altura, la ocupación de suelo, porque no se cumplan los estándares mínimos sobre equipamientos, porque no se haya formalizado la cesión de las dotaciones existentes, etc.

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